Confidencialidad

Donación y Trasplante

Confidencialidad

Conoce la importancia de la privacidad de datos en donación y trasplante.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 3° de la Ley N°20.413:

“No podrán facilitarse ni divulgarse informaciones que permitan identificar al donante. Asimismo, los familiares del donante no podrán conocer la identidad del receptor, ni el receptor o sus familiares la del donante y, en general, queda prohibida cualquier difusión de información que pueda relacionar directamente la extracción con el ulterior injerto o implantación”.

Esta prohibición puede parecer demasiado restrictiva para las familias de donantes y personas trasplantadas que quieran conocer la otra parte de su historia. Sin embargo, el ánimo de la ley es totalmente contrario, pues su objetivo es proteger, cuidar y prevenir situaciones tales como:

La exposición de familias de donantes en un momento doloroso puede conllevar a malas experiencias que afecten su duelo.

La exposición de los receptores en un momento delicado respecto a su salud física y mental, pues puede repercutir en un rechazo emocional del órgano.

La construcción de una relación dañina entre familia de donante y receptor. Existen casos a nivel nacional y mundial donde se registran situaciones de acoso, conflictos de interés o problemas por diferencias de expectativas entre ambas partes.

Así, cuando existe un donante y, por tanto, uno o más trasplantes en un centro asistencial, tanto las instituciones como los medios de comunicación tienen la obligación de cuidar la información de ambas partes, recogiéndola, tratándola y custodiándola en la más estricta confidencialidad .

Es nuestro deber
como ciudadanos y ciudadanas
velar por su cumplimiento.